
La recategorización es una evaluación de parámetros que deben realizar los monotributistas para saber si se encuadran en la misma categoría en la que están o deben modificarla. Si los parámetros superan o son inferiores a los de la categoría vigente, corresponde realizar la recategorización.
No deberán efectuar ninguna acción quienes mantengan la misma categoría, ni quienes tengan menos de 6 meses de actividad.
Los períodos de recategorización son cada 6 meses, en febrero y agosto, y cuando llegan se debe evaluar la actividad de los últimos 12 meses. Si hubo cambios en los ingresos, alquileres, superficie del local o energía consumida, hay que ingresar con clave fiscal para recategorizarse; si no se hace, se entiende que no hubo cambios y se permanece en la misma categoría.
La recategorización se realiza hasta el 5 de febrero y agosto 2026.




